Auxilio para Lentes Beneficiarios
El Fondo de Empleados otorgará un auxilio hasta de $130.000 para el año 2025, para cubrir gastos de lentes o cirugía de ojos, no estética, recetados por la E.P.S., y no cubiertas por el P.O.S. para padres e hijos de asociados registrados como sus beneficiarios en la EPS y en la Caja de Compensación.
Cómo solicitar el beneficio
- Copia receta o fórmula médica emitida por la E.P.S, con fecha de expedición no mayor a 60 días a la fecha de solicitud del beneficio.
- Factura de venta sin saldos pendientes y sello de cancelado a nombre del asociado, donde se relacione el costo del lente formulado y fecha de compra. La factura debe cumplir con los requisitos de la DIAN.
- Certificado de la EPS y Caja de Compensación con la relación de beneficiarios del asociado.
Requisitos para solicitar el beneficio
- Tener afiliación activa al Fondo y contrato laboral vigente a la fecha de recepción de la solicitud y pago del auxilio.
- En los 12 meses anteriores previos a la orden o fórmula del especialista, haber realizado el aporte de Cuota de Bienestar, mínimo de 6 meses.
- No haber solicitado el auxilio para lentes durante los últimos 12 meses, para alguno de sus hijos o padres, contados desde la fecha de la fórmula del especialista.
- El plazo máximo para solicitar el auxilio de lentes para beneficiarios, es dentro de los ocho (8) días calendario siguientes, a partir de la fecha de factura de compra.