Auxilio Reembolso de Viáticos

El Asociado del Fondo de Empleados recibirá apoyo en el fallecimiento de un miembro de su grupo básico familiar, a través de rembolso de viáticos o asistencia a terapias de duelo, siempre y cuando el servicio funerario de su ser querido no haya sido prestado por el Fondo de Empleados, ni haya solicitado subsidio de mejoramiento de servicio.

    Reconocimiento de Viáticos para Asociado:

    Si la póliza con la cual se tomó el servicio para el fallecido (miembro del grupo básico familiar) cubre la totalidad, y no hay ocasión de gastos adicionales, el asociado podrá solicitar subsidio hasta por valor de $550.000 para el año 2024, destinados al cubrimiento de viáticos de transporte y alimentación que deba sufragar por la ocurrencia del hecho.    

    El reconocimiento y pago de reembolso de viáticos se efectuará una vez el asociado haya remitido los documentos que acrediten el parentesco entre el asociado y el fallecido, según lo estipulado en el proceso de solicitud del servicio.

    El asociado deberá solicitar el reembolso de estos viáticos únicamente dentro de los ochos (8) días calendario siguientes, al fallecimiento de su familiar con cobertura de subsidio para honras fúnebres.

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